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Abogados de sucesiones en Buenos Aires

Cuando fallece un familiar, la sucesión es el trámite judicial que permite que sus bienes pasen a los herederos. Te explicamos cómo es y te acompañamos en cada paso.

Qué es una sucesión

La sucesión, o juicio sucesorio, es el proceso judicial que determina quiénes son los herederos de una persona que falleció y permite transmitirles sus bienes: inmuebles, autos, cuentas bancarias y otros.

Puede ser intestada, cuando no hay testamento y es la ley la que define quiénes heredan, o testamentaria, cuando la persona dejó un testamento.

En general se tramita ante el juez del último domicilio de la persona fallecida.

Cómo es el trámite, paso a paso

  1. 1Reunimos la documentación y analizamos qué bienes hay y quiénes son los herederos.
  2. 2Iniciamos la sucesión ante el juzgado que corresponde.
  3. 3Se publican edictos para citar a quienes se consideren con derecho a la herencia.
  4. 4El juez dicta la declaratoria de herederos o, si hay testamento, se pronuncia sobre su validez formal.
  5. 5Los bienes se inscriben a nombre de los herederos, o se reparten o se venden, según lo que se decida.

Qué documentación se necesita

Para empezar, en general se necesita:

  • La partida (acta) de defunción.
  • Las partidas que acreditan el vínculo con la persona fallecida: de nacimiento, de matrimonio, según el caso.
  • El documento de identidad de los herederos.
  • El testamento, si existe.
  • La información de los bienes: datos o escrituras de los inmuebles, títulos de los autos, datos de las cuentas y de otros bienes.

Si te falta algo, no es un impedimento para la primera consulta: te decimos qué hace falta y cómo conseguirlo.

Testamentos y planificación sucesoria

También asesoramos a quienes quieren ordenar en vida la transmisión de su patrimonio: la redacción de testamentos y la planificación sucesoria, dentro de los límites que fija la ley para proteger la parte que corresponde a ciertos herederos, la llamada «legítima».

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda una sucesión?

Depende de cada caso: de la cantidad y el tipo de bienes, de si los herederos están de acuerdo, de que la documentación esté completa y de los tiempos del juzgado. Una sucesión sin conflictos y con los papeles en orden avanza más rápido que una con desacuerdos o con bienes en distintas jurisdicciones. En la consulta te orientamos sobre tu caso.

¿Es obligatorio hacer la sucesión?

Para que los bienes queden a nombre de los herederos, en general sí: sin la sucesión no se puede, por ejemplo, escriturar un inmueble ni transferir un auto de la persona fallecida. No hace falta iniciarla de inmediato, pero demorarla suele complicar el trámite.

¿Quiénes heredan si no hay testamento?

La ley fija quiénes heredan y en qué orden. En primer lugar, los hijos y demás descendientes, junto con el cónyuge; si no hay descendientes, los padres y demás ascendientes, también junto con el cónyuge. A falta de ellos hereda el cónyuge y, después, los parientes colaterales hasta el cuarto grado. Cómo se reparte cada bien depende del caso, por ejemplo del régimen de bienes del matrimonio.

¿Todos los herederos tienen que estar de acuerdo para iniciarla?

No. La sucesión la puede iniciar cualquiera de los herederos. Si después hay diferencias sobre cómo repartir los bienes, se puede intentar un acuerdo y, si no se logra, lo resuelve el juez.

¿Qué necesito para la primera consulta?

Para empezar alcanza con los datos de la persona fallecida, quiénes son sus familiares directos y una idea de los bienes. Si tenés la partida de defunción y la documentación de los bienes, mejor.

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  • Divorcio express y convenio reguladorDivorcio de común acuerdo y el convenio que ordena bienes, vivienda, alimentos y cuidado de los hijos.
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  • Derecho civilContratos, locaciones, daños y perjuicios, acciones reales y consumo.

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